Sistema interno de información

Código ético

Acerca de

Todos los mensajes serán tenidos en cuenta, nos ayudarán a mejorar y sobre los mismos, se garantiza la máxima discreción y CONFIDENCIALIDAD.

En caso de que sea conocedor/a de cualquier actuación, comportamiento o actividad que considere poco ética o fuera de la legalidad, le rogamos lo describa a continuación, indicando todos los detalles posibles sobre el asunto que le preocupa o sobre la sugerencia que desea trasmitir al respecto.

En caso de que desee proteger su identidad, si así lo desea, SELECCIONE LA OPCIÓN ANÓNIMO y asegúrese que toda la información personal se haya borrado de los documentos adjuntos (caso de envío de adjuntos).

SISTEMA INTERNO INFORMACION

De conformidad a lo dispuesto en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, Clínica Londres, S.L. ha establecido un sistema interno de información.

Mediante este sistema, se da cumplimiento a lo establecido en la referida ley que, establece la implantación de un sistema interno que permita a las personas físicas, informar sobre alguna de las acciones u omisiones constitutivas de las conductas recogidas en el artículo 2, principalmente infracciones del Derecho de la UE e infracciones penales o administrativas graves o muy graves.

En el siguiente enlace podrá acceder a información relevante sobre el sistema interno de información, responsable del sistema, derechos del informante y política de protección de datos. Del mismo modo, puede consultar el procedimiento para la gestión de las comunicaciones recibidas, pinchando en el siguiente enlace.

Las comunicaciones podrán ser presentadas de diversas formas:

  1. A través del formulario disponible en el siguiente enlace, donde se podrán consignar los datos del informante o realizarlo de forma anónima.

  2. Mediante comunicación electrónica remitida al siguiente correo: canaldedenuncias@clinicalondres.es, en la que el informante podrá consignar sus datos de contacto o realizar la comunicación de forma anónima.

  3. Por correo postal dirigido a:

    SISTEMA INTERNO DE INFORMACION
    C/Mozart, 17- 03581 Alfaz del Pi (Alicante)

    En dicha comunicación se podrán incluir los datos identificativos del informante o realizarlo de forma anónima.

  4. Mediante reunión presencial que, deberá solicitarse a la dirección de correo electrónico canaldedenuncias@clinicalondres.es, indicando los datos de contacto necesarios para concertar una cita con el personal autorizado, cita que deberá tener lugar en un plazo no superior a 7 días desde su solicitud.

La ley establece la creación de un canal externo de información y el nombramiento de una Autoridad Independiente de protección del Informante.

Toda persona física podrá informar ante dicha Autoridad, o ante las autoridades u órganos autonómicos correspondientes, de la comisión de acciones u omisiones incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 2/2023, ya sea directamente o previa comunicación a través del correspondiente canal interno.

La información de acceso a dicho canal externo, se publicará en este portal, tan pronto como sea conocida.

SISTEMA INTERNO DE INFORMACION DE CLINICA LONDRES

SISTEMA INTERNO DE INFORMACIÓN

El sistema interno de información es el cauce establecido por la Ley 2/2023 para que las personas físicas que, en un contexto laboral o profesional, puedan tener conocimiento de las acciones u omisiones a las que se refiere el artículo 2 de la misma, puedan presentar cualquier tipo de información relativas al personal de Clínica Londres.

En concreto, el artículo 2 de la Ley 2/2023, recoge que podrán informarse aquellas acciones u omisiones que puedan constituir:

  • Infracciones del derecho de la UE.
  • Infracciones penales o administrativas graves o muy graves.

DERECHOS DEL INFORMANTE

El informante puede elegir libremente el canal, interno o externo, al que dirigir su comunicación.

En el caso del canal interno de la compañía, podrá decidir presentar la información mediante la aplicación informática, vía postal, o presencialmente, si así se solicitara.

La confidencialidad de los datos del informante, está garantizada durante todo el proceso de gestión de la información, teniendo derecho a renunciar a que se le envíen comunicaciones posteriores a la presentación de la información y pudiendo presentar la comunicación de forma anónima.

Salvo que haya renunciado de forma expresa a recibir comunicaciones o que haya presentado su comunicación de forma anónima, tiene derecho a conocer el estado de la tramitación de su comunicación y el resultado final de la actuación del responsable del Sistema dentro de los plazos establecidos.

Las personas que comuniquen o revelen infracciones previstas en el ámbito de la Ley, tendrán derecho a protección, siempre que concurran las siguientes circunstancias.

  • Que tenga motivos razonables para pensar que la información referida es veraz en el momento de la comunicación o revelación, aun cuando no aporten pruebas concluyentes
  • Que la comunicación o revelación se haya realizado conforme a los requerimientos previstos en la ley.

POLITICA DE PROTECCION DE DATOS

La Ley establece que el tratamiento de datos personales derivados de su cumplimiento se regirá por lo dispuesto en el Reglamento 2016/679 del parlamento Europeo y del Consejo, de 27 abril de 2016; en la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de protección de datos personales y Garantía de los derechos digitales; y en el título VI de la propia Ley 2/2023.

El Responsable del Sistema Interno de información es el encargado del tratamiento de los datos recibidos a través del canal interno establecido.

PROCEDIMIENTO

El procedimiento establecido para la tramitación de la información recibida, es accesible a través del enlace situado en el portal del Sistema interno de Información.

PERSONAS AFECTADAS

Durante la tramitación del procedimiento establecido en la ley 2/2023, las personas afectas tendrán derecho a la presunción de inocencia, derecho a la defensa, y al acceso al expediente en los términos regulados en la norma, así como a la protección establecida para los informantes, preservándose su identidad y garantizándose la confidencialidad de los hecho y datos del procedimiento.

COMUNICACIONES FALSAS

El artículo 63 de la Ley se recoge como infracción muy grave el comunicar o revelar información a sabiendas de su falsedad.

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